Notas de Prensa
Fecha: 24-05-2012
Tema: Hacienda

Boletín informativo - Resultados AUDITORÍA

Resultados auditoría realizada al Ayuntamiento de Casasimarro

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Queridos vecinos,

Ya disponemos de los resultados de la Auditoria del Ayuntamiento de nuestro pueblo. Lo prometimos y lo hemos cumplido. Era muy importante dejar las cuentas claras al entrar a gobernar, y comprobar la herencia del anterior equipo socialista. Sabíamos que el Ayuntamiento estaba muy endeudado, pero los resultados han sido todavía peor de lo esperado. 

El Informe ha sido elaborado por CUSPIDE AUDITORES, SL, firma auditora de reconocido prestigio, inscrita en el R.O.A.C. núm. S0545. Es preciso explicarles que este tipo de informes son muy laboriosos y costosos, y por ello hemos tenido que limitar su alcance, de tal modo que el Informe desarrollado ha incluido los siguientes puntos:

  • Deuda mantenida con proveedores y acreedores por entregas de bienes y prestaciones de servicios a la fecha 10 de junio de 2011.

  • Endeudamiento total a dicha fecha, incluyendo cuotas pendientes con mancomunidades de servicios, deuda con administraciones públicas (Seguridad Social, principalmente) y deudas con entidades financieras.

  • Varios expedientes de contratación relativos a los capítulos presupuestarios de gastos de compras corrientes de bienes y servicios, personal e inversiones. Dichos expedientes son:

    • Polígono Industrial.

    • Huerto Solar.

    • Obras de la Calles Nieves, Daoíz y Velarde, Cristo y Azafrán.

  • Impuestos sobre Construcciones y Obras aplicados en los últimos presupuestos

 

En este Boletín les expondremos brevemente los puntos más destacables del Informe de Auditoria, como son el Endeudamiento del Ayuntamiento y las conclusiones finales de los expedientes analizados, pero todo aquel que quiera puede ver el Informe completo en la página web del Ayuntamiento (www.casasimarro.es). También dispondrán del Informe en el Ayuntamiento.

Les adelantamos que los resultados son rotundos, propios de la peor gestión posible que se pueda llevar acabo en un Ayuntamiento. Las arcas municipales están gravemente dañadas, y por ello nuestra gestión se está convirtiendo en una tarea muy complicada. Como se suele decir, debemos hacer encaje de bolillos y tan solo con imaginación, con ganas, con ilusión y con toda la fe del mundo podremos salir de esta situación. Es muy duro gobernar en esta situación, cuesta recortar por allí y por acá día tras día, pero debemos pagar las deudas que el anterior gobierno socialista nos ha dejado, y lo haremos.  

Durante esta ardua tarea, les pedimos comprensión, paciencia y confianza. Comprensión, porque conociendo cómo está la situación, todos debemos ser conscientes de los sacrificios que hay que hacer. Paciencia, porque con ella poco a poco solucionaremos este problema y nuestro pueblo recuperará el prestigio perdido. Y confianza, porque sin confianza no estaríamos gobernando. Confíen en nuestra labor, entre todos, saldremos adelante.

 

ENDEUDAMIENTO TOTAL AYUNTAMIENTO

A 10-JUNIO-2011

 

CUADRO RESUMEN DE DEUDA

AYUNTAMIENTO DE CASASIMARRO A 10/06/2011

CONCEPTO

IMPORTE

DEUDA SEGURIDAD SOCIAL

42.428,48 €

DEUDA HACIENDA (IRPF)

11.983,54 €

DEUDA HACIENDA (LIQ. TRIBUTOS) (años 2008, 2009 y 2010)

97.243,28 €

DEUDA PRÉSTAMOS (Instituto de Finanzas, CCM y Diputación)

1.570.138,66 €

DEUDA CUENTAS DE CRÉDITO (Caja Rural)

108.985,34 €

DEUDA ANTICIPOS (Diputación de Cuenca)

215.102,59 €

DEUDA MANCOMUNIDADES (Ribera del Júcar y Manchuela)

121.657,82 €

DEUDA PROVEEDORES

657.989,65 €

DEUDA TOTAL

2.825.529,36 €

 

Destacar la gran cantidad de facturas pendientes de pago, algunas de las cuales ni teníamos constancia en el Ayuntamiento de que existieran.

 

CONCLUSIONES FINALES DEL ENDEUDAMIENTO Y DE LOS EXPEDIENTES ANALIZADOS

 

4.1.- El endeudamiento total en relación con los saldos de mancomunidades, deudas con administraciones públicas, deudas con entidades financieras y con los saldos de acreedores por entregas de bienes y prestación de servicios, a 10 de junio de 2011, del Excmo. Ayuntamiento de Casasimarro alcanza la cantidad global de DOS MILLONES OCHOCIENTOS VEINTICINCO MIL QUINIENTOS VEINTINUEVE EUROS CON TREINTA Y SEIS CÉNTIMOS (2.825.529,36 €).

 

4.2.- Con respecto al expediente de enajenación de parcelas de polígono industrial, existen documentos municipales que califican los terrenos de propiedad municipal antes de estar elevadas a público las correspondientes escrituras de compraventa. De no existir contratos privados de adquisición de fecha anterior, que no constan en el expediente, se estaría faltando a la verdad en la narración de los hechos.

 

4.3.- Existe, en relación con el expediente de enajenación de parcelas de polígono industrial, Informe de Secretaría en el que se observa: 

    • El Ayuntamiento entiende que los adjudicatarios deben pagar IVA, no incluido en el precio de adjudicación.

    • El Alcalde propone, ante las quejas de los adjudicatarios, que el Ayuntamiento conceda una subvención para todos, equivalente al IVA que resulte compensado por la AEAT correspondiente al IVA pagado por las obras de urbanización del polígono.

    • La justificación jurídica de la repercusión independiente del IVA se justifica, por parte del Secretario, según lo estipulado en el Pliego de Cláusulas (artículo 10), contrato (cláusula 8) y Escritura Pública (estipulación 3ª).

    • La subvención ha de someterse a criterios objetivos, de legalidad y procedimiento.

    • Se estima la incompetencia del Alcalde en cuanto a órgano otorgador de tal subvención, al tiempo que se desconoce el posible crédito presupuestario necesario para el teórico cumplimiento.

    • Como conclusión, se califica al compromiso de devolución parcial por vía de subvención como nulo de pleno derecho.

 

4.4.- La aprobación del Convenio de colaboración del Ayuntamiento para la instalación del parque solar, recogida en el Pleno del 26 de octubre de 2006, se refiere a un convenio de colaboración entre el Ayuntamiento y una empresa privada propuesta por el Alcalde y aprobada por mayoría en el Pleno sin que nos conste la existencia de Informe de Secretaria alguno. La LCSP, que habla de colaboración entre administración pública y empresa privada, a través del artículo 11, establece como regla general que es la administración la que requiere la colaboración de la empresa privada y no a la inversa como en este caso. Mediante el acuerdo adoptado de colaboración con entidad privada, no está demostrado que haya existido un proceso de licitación pública, adecuado al principio de la libre competencia, respetando la transparencia e igualdad de trato exigidas por el Derecho Comunitario.

 

4.5.- Teniendo en cuenta que la aprobación de la actuación en materia de parque solar (en cuanto a inversión, protocolo de actuación y contrato) se hizo con fecha 25 de octubre de 2007, el hecho de finalizar la instalación con fecha 23 de noviembre de 2007 ofrece testimonio de rapidez y eficacia en la ejecución de acuerdos.

 

4.6.- En el mismo expediente de huertos solares, con fecha 14 de marzo de 2008, el Ayuntamiento gira liquidación a pagar a todos los titulares, relativa a la Tasa por Licencia de Actividad regulada en el artículo 6º de la Ordenanza reguladora de la Tasa por Apertura de Establecimientos. Dicha tasa es por la cantidad fija de 90,15 euros. A la fecha de emisión del presente informe no nos consta la existencia de otros ingresos municipales relacionados con la actividad de instalación de parques solares, como sería el canon de participación municipal en el 2 % del importe total de la inversión de las obras. Tampoco nos consta la existencia de aval para garantizar el buen fin del proyecto y cubrir la reparación de posibles daños.

4.7.- Concluyendo sobre la teórica rentabilidad de la inversión realizada por el Ayuntamiento en relación con el parque solar fotovoltaico, diremos que el tiempo ha demostrado que la inversión en este tipo de activos ha supuesto una situación complicada en la que el inversor final compraba su huerto solar con un crédito del 80 % sobre la operación, atraído por una rentabilidad futura del 15 % sobre la parte que ponía de su bolsillo. Sin contar con que hasta los próximos 12 años no podría hacer caja, ya que primero tendría que pagar los intereses y amortizar el préstamo. Por tanto, podemos definir la inversión como propia de un alto grado de apalancamiento, en la que flujo de caja llega a mostrar existencia de liquidez, en el mejor de los casos, del año 10 al 15. Por otro lado, en determinados casos los parques no han generado los Kw. previstos en el estudio de viabilidad presentado al cliente. Por tanto, la rentabilidad no ha sido la esperada y los inversores quedan pillados en plena recesión. 

 

4.8.- El Ayuntamiento no disponía en las fechas en las que hemos centrado nuestra revisión, de un libro-registro de Resoluciones y Decretos de la Alcaldía, por lo que no es posible consultar las disposiciones contenidas en el mismo.

 

4.9.- En relación con las obras de “Colector de aguas pluviales y fecales zona suroeste de Casasimarro.- Fases 2010-2011”, el expediente de contratación se ha tramitado con competencias de la Alcaldía, sin dar cuenta al Pleno de dicha contratación. Siendo el total del presupuesto marcado en el proyecto de obras redactado por importe de 272.059,60 euros, cantidad que excede del 10 % de los recursos ordinarios del presupuesto (que para 2010 presentaron una ejecución final de 2.382.942,57 euros), y considerando el carácter plurianual y el importe acumulado de las dos anualidades, se ha incumplido con la disposición adicional segunda de la LCSP, por lo que el expediente presenta causas de nulidad de pleno derecho desde el punto de vista administrativo (véase el artículo 62.1 de la Ley 30/1992, LRJPAC).   

 

4.10.- En relación con las obras de “Colector de aguas pluviales y fecales zona suroeste de Casasimarro.- Fases 2010-2011”, desde la fecha teórica de replanteo hasta la fecha de la última certificación han transcurrido más de 5 meses por lo que se ha incumplido con el plazo de finalización previsto en el contrato (2 meses) y en el pliego (3 meses).

 

4.11.- En relación con las obras de “Colector de aguas pluviales y fecales zona suroeste de Casasimarro.- Fases 2010-2011”, no existe en el expediente Acta de Recepción provisional. La obra no se ha recibido y según manifestaciones verbales por parte del equipo de gobierno municipal actual, la obra está sin terminar, aspecto sobre el que no podemos pronunciarnos por falta de evidencias suficientes en el expediente administrativo

 

Gracias por prestarnos su atención.

Un fuerte abrazo,

El Equipo de Gobierno

AYUNTAMIENTO DE CASASIMARRO

Mayo 2012

 

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