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Licencias

Licencias de obra:
 
Conforme a lo dispuesto en la legislación urbanística de Castilla La Mancha, están sujetos a régimen de licencia previa todos los actos de construcción, parcelación,  edificación, ampliación de construcción y edificios, reformas, demoliciones, movimientos de tierra, cerramientos, muros, vallados,   modificación  de disposición interior de edificaciones, obras en subsuelo, pavimentaciones, extracción de aridos y canteras,  tendidos eléctricos y similares, casas prefabricadas,  pavimentaciones, vias,  y cualquier acto edificatorio en cualquier clase de suelo.
 
Independientemente de otra clase de licencia que haya de solicitarse a otra Administración Publica,  el otorgamiento de licencias ha de solicitarse al Ayuntamiento acompañando la instancia de los datos explicativos de la obra que se pretende: ubicación, presupuesto, clase de obra y su descripción.
 
No puede iniciarse obra alguna sin antes haberse obtenido la licencia correspondiente.
 
Las solicitudes deben acompañarse de proyecto realizado por técnico competente y visado por Colegio Profesional en caso de que la obra constituya Obra Mayor, no siendo preciso este proyecto para caso de obras menores. Se entiende  como Obra mayor aquellas obras  de :
- Las de edificación de nueva construcción salvo las de escasa entidad constructiva y sencillez técnica que no tengan carácter residencial y se desarrollen además en una sola planta
- Las obras de ampliación, reforma o rehabilitación que alteren la configuración arquitectónica del edificio, composición general exterior,  su volumetría, sistema estructural o cambien el uso del edificio
 
Las obras que  hayan de realizarse en terreno calificado como rústico en el plan de Ordenación Municipal, deberán además obtener el permiso de la Consejeria de Obras Publicas y urbanismo de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha. Este permiso, denominado  calificación urbanística se solicita a través del Ayuntamiento, que tramita la solicitud ante aquella Consejeria. El informe emitido por la Consejeria es vinculante a todos los efectos. No se permiten obras en suelo calificado como rustico que no reúnan los requisitos que la legislación urbanística de Castilla La Mancha establece pare esta clase de suelo.
 
Las obras que sean necesaria para el desarrollo de una actividad empresarial , industrial, etc, deben tramitarse al mismo tiempo que la correspondiente licencia de actividad , no pudiendo otorgarse licencia de obra sin antes haberse obtenido la correspondiente a la actividad.
 
El Ayuntamiento de Casasimarro tiene aprobado un Plan de Ordenación Municipal. Cualquier obra que haya de realizarse debe atenerse a las disposiciones que en el mismo se señalan. La consulta de dicho Plan puede hacerse en las oficinas municipales, o bien mediante solicitud de cedula urbanística.
 
Cualquier obra realizada sin licencia , o disconforme con  lo otorgado en la licencia , es considerada obra ilegal , susceptible de expediente sancionador y  que puede llegar a demolición de lo construido ilegalmente

Puede descargar los impresos en el siguiente enlace

 

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